No pueden reducir salarios ni despedir por crisis de Covid-19: Secretaría del Trabajo

Según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), los patrones no pueden reducir el salario de sus empleados por presentar brotes de coronavirus y que tampoco pueden ser dados de baja por la misma razón.

Por Redacción TVP

No pueden reducir salarios ni despedir por crisis de Covid-19: Secretaría del Trabajo

La noticia se dio a conocer luego de que se informara en un comunicado, que los trabajadores tienen derecho de recibir su sueldo íntegro y en caso de que se violente sus derechos laborales pueden acudir ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), y reclamar el salario completo conforme a lo pactado en el Art. 99 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

El artículo 311 de la Ley del Seguro Social (LSS), dice que se impondrán sanciones de tres meses a tres años de cárcel a los patrones o representantes y otros sujetos obligados, que no formulen los avisos de inscripción o proporcionen al IMSS datos falsos con la intención de evadir el pago o reducir el importe de las cuotas obreropatronales.

En caso de dar positivo al Covid-19, ningún empleado podrá ser despedido, únicamente debe presentar la incapacidad que el IMSS proporciona. En caso de no estar afiliado, los patrones tendrán que cubrir su salario y prestaciones íntegras.

Incluso, el IMSS ha posibilitado el poder incapacitarse por línea, para que las personas sospechosas de Covid-19 justifiquen su ausencia en el lugar donde trabajan. 

Entre las recomendaciones que hace la STPS, es que si los empleadores lo deciden, sus trabajadores pueden realizar actividades desde su casa.

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