Solo de nacionalidad mexicana los candidatos a la Presidencia y gubernaturas
Aprueba el Congreso de Sinaloa minuta sobre nacionalidad única, para aspirar a la Presidencia y gubernaturas
Wednesday 30 September 2026 - 13:43 HS
Cortesía - Congreso del Estado
Con 31 votos a favor, el Congreso del Estado de Sinaloa aprobó la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de nacionalidad única para el ejercicio de la titularidad de los Poderes Ejecutivos Federal y locales.
La propuesta, remitida por la Cámara de Senadores para efectos del artículo 135 constitucional, establece modificaciones a los requisitos para ocupar la Presidencia de la República, las gubernaturas de los estados y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
Entre los cambios aprobados se contempla que, para ejercer estos cargos, las personas sean mexicanas por nacimiento y no tengan ni adquieran otra nacionalidad; en caso de contar con una segunda nacionalidad, deberán renunciar a ella previamente a solicitar su registro como candidata o candidato, conforme a lo que establezca la ley.
El proyecto también establece que quien se encuentre en el ejercicio de alguno de estos cargos no podrá adquirir o solicitar otra nacionalidad, ni invocar ante autoridades extranjeras una nacionalidad distinta de la mexicana, incluyendo el uso de pasaporte o documento de identidad expedido por otro Estado, el ejercicio de derechos políticos ante este o acogerse a su protección diplomática.
Para las gubernaturas, el proyecto señala además los requisitos de ser persona mexicana por nacimiento, no tener ni adquirir otra nacionalidad y, en su caso, renunciar a ella antes del registro de la candidatura; asimismo, contempla requisitos de origen o residencia efectiva en la entidad y edad mínima.
Tras la aprobación, el diputado Juan Diego Aranzubia Iturrios informó que se expedirá el Acuerdo correspondiente y se remitirá a la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, en atención a lo dispuesto por el artículo 135 constitucional. La minuta establece, además, que las nuevas disposiciones serán aplicables a partir del proceso electoral correspondiente al año 2028.
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